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Complemento de pago (REP) para facturas PPD

Si emitiste una factura con método PPD (pago en parcialidades o diferido), cada vez que recibas un pago debes emitir un Complemento de Pago (REP) — el SAT lo exige a más tardar el día 5 del mes siguiente al pago.

Emite el REP

  1. Ve a Complementos de pago y pulsa Nuevo complemento de pago.
  2. Elige el receptor del pago: se listarán sus facturas PPD con saldo pendiente.
  3. Captura la fecha y monto del pago, la forma de pago y, si quieres, los datos bancarios (opcionales). Puedes abonar a varias facturas del mismo receptor en un solo recibo.
  4. Timbra. El REP queda ligado a las facturas y su saldo pendiente se actualiza.

Pantalla de complementos de pago

Preguntas frecuentes

¿Cuándo NO necesito REP?

Si la factura fue PUE (pago en una sola exhibición) y efectivamente se pagó así, no lleva REP.

¿El REP consume timbre?

Sí, como todo comprobante certificado ante el SAT.

¿Puedo registrar un pago parcial?

Sí: capturas el monto recibido y la factura conserva el saldo restante para futuros REP.

¿Puedo emitir un REP de una factura que no hice en el sistema?

Sí. Regístrala como factura externa (subiendo su XML timbrado o capturando sus datos) y agrégala al recibo para emitirle el complemento de pago.